PERÚ QUIERE SUMARSE AL MUNDO CRIPTO

Acaba de ser introducido en el Congreso de Perú un proyecto de ley para legislar la compra y venta de criptomonedas que ahora deberá discutir la legislación en plenaria para su posible aprobación.

El documento, que se publicó en la página oficial del legislativo peruano, destaca varios aspectos para el ecosistema emergente.

El proyecto, llamado oficialmente «Ley marco de comercialización de criptoactivos» fue presentado por el parlamentario José Elías Ávalos, del partido Podemos Perú.

La propuesta de ley tiene la intención de regular a las empresas prestadoras de servicios de activos virtuales, tales como los Exchange y monederos digitales de Bitcoin.

El proyecto presentado a fines de diciembre establece «los lineamientos para la operación y funcionamiento de las empresas de servicio de intercambio de criptoactivos a través de plataformas tecnológicas, basándose en los principios de libre mercado y de libre competencia».

Uno de los puntos más destacados señala que las entidades bancarias y no bancarias que presten el servicio de compraventa y trading de criptomonedas deberán registrarse en el Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptomonedas (RUPIC).

El proyecto afirma que: «La adquisición y uso de criptoactivos y criptomonedas son responsabilidad absoluta de sus compradores y propietarios quiénes basándose en principios de libre mercado y de libre competencia, deben procurar por informarse de los riesgos inherentes a la negociación con activos de cualquier clase».

De todas formas, el proyecto establece de forma tajante, la posibilidad de que Bitcoin se convierta en moneda de curso legal: «los Criptoactivos no son considerados moneda de curso legal», mientras se propone la creación de un Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos y Criptomonedas (RUPIC), para inscribir los Exchange de criptomonedas que «presten los servicios establecidos».

«Perú es uno de los países de mayor crecimiento en pagos digitales, en uso de tecnología para realizar transacciones comerciales, además de ser conocible que en nuestro país se viene utilizando como medio de pago las criptomonedas».

Además, agrega: «Por tanto, la norma no colisiona con ninguna otra similar, muy por el contrario, beneficiaria brindando mayor seguridad al realizar transacciones con criptomonedas que a la fecha se viene realizando de forma irregular e insegura».

Asimismo, se enfatiza la obligación de reportar «operaciones sospechosas» ante la Unidad de Inteligencia Financiera para evitar lavado de dinero.